
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha aprobado un documento en el que se recogen los requisitos para la autorización del transporte de canales y carnes en caliente (que no hayan alcanzado los 7ºC) desde los mataderos a las salas de despiece e industrias de elaboración, favoreciendo así un tratamiento homogéneo en todo el territorio nacional.
Esas carnes deben destinarse a la elaboración de productos específicos, es decir, aquellos microbiológicamente estables como jamones y paletas curados, embutidos curados y productos tratados por el calor.
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